miércoles, 7 de febrero de 2018

Comunicado público No 01: Sobre la iniciativa ciudadana de expresión artística contra la corrupción.

Cartagena de Indias, 30 de enero de 2018
Comunicado público No 01: Sobre la iniciativa ciudadana de expresión artística contra la corrupción.

A la ciudadanía de Cartagena:

El Consejo Distrital de Cultura de Cartagena de Indias, espacio de participación ciudadana conformado según Resolución 0883 del 24 de Junio de 2016, en el ejercicio del compromiso y liderazgo cultural que representa los intereses generales de Cartagena de Indias y las localidades (Decreto 1305 de 2007 Artículo 19 #7) y como instancia de concertación entre el Estado y la Sociedad Civil (Acuerdo 001 de 2003), manifestamos nuestro apoyo a la iniciativa ciudadana de expresarse libremente a través de las manifestaciones de las artes plásticas, interviniendo los espacios públicos usados para propaganda política, con el fin de realizar campañas de prevención de la corrupción, acogiéndonos así, a las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, “que promueven la participación de la sociedad” para generar acciones en contra de dicho flagelo (http://www.unodc.org/lpo-brazil/es/corrupcao/convencao.html); tomando en cuenta que las cifras de pérdidas por concepto de corrupción se estiman en $50.000.000.000.000 por año en Colombia (http://www.eltiempo.com/justicia/delitos/cifras-de-la-corrupcion-en-colombia-61750), resaltando el hecho de que la compra de votos en Cartagena se constituye como el delito electoral más común
(http://www.eluniversal.com.co/politica/compra-de-votos-el-delito-mas-frecuente-en-cartagena-160320), y garantizando el derecho fundamental a la libre expresión (Constitución Política de Colombia, Artículo 20; Declaración Universal de los Derechos del Hombre Articulo 19), que como explica la Sentencia de la Corte Constitucional T-391 de 2007:

“El artículo 20 de la Carta Política consagra simultáneamente varios derechos y libertades fundamentales distintos, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la Carta Política, se ha de interpretar a la luz de los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos que obligan a Colombia y que contienen disposiciones sobre el particular. A la luz de tales instrumentos internacionales, se tiene que el artículo 20 de la Constitución contiene un total de once elementos normativos diferenciables: (a) La libertad de expresar y difundir el propio pensamiento, opiniones, informaciones e ideas, sin limitación de fronteras y a través de cualquier medio de expresión –sea oral, escrito, impreso, artístico, simbólico, electrónico u otro de elección de quien se expresa-, y el derecho a no ser molestado por ellas. Esta libertad fundamental constituye la libertad de expresión stricto senso, y tiene una doble dimensión – la de quien se expresa, y la de los receptores del mensaje que se está expresando”.

En este sentido, la iniciativa ciudadana en mención, busca no sólo expresar su inconformidad por todo lo anteriormente señalado, sino que busca impactar en la ciudadanía para generar un cambio en la cultura, en la forma de hacer democracia a través de la generación de conciencia electoral.

Para el Consejo Distrital de Cultura de Cartagena de Indias, esta iniciativa no riñe con la libertad de expresión de las campañas de los candidatos a corporaciones y los partidos políticos que los avalan, sino que por el contrario y, en virtud de la sentencia señalada, “La Corte Constitucional ha subrayado que la libertad de expresión ocupa una posición preferente dentro de los regímenes como el que establece la Carta Política colombiana al ser “un elemento decisivo para crear condiciones democráticas en la sociedad y la realización misma de la democracia”, y “un elemento estructural básico para la existencia de una verdadera democracia participativa.”

Finalmente, dejamos a la ciudadanía en general, a los candidatos y los partidos que lo avalan, una inquietud ¿qué más necesitamos hacer para sacar a Colombia del puesto 90 (el último, al lado de Marruecos, Macedonia, Indonesia y Liberia) en el Índice de Percepción de Corrupción de Transparencia Internacional? ¿Qué más podemos hacer, además que expresar libremente la necesidad de que las cosas cambien?



CONSEJO DISTRITAL DE CARTAGENA DE INDIAS

2 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. rtista plastica y miembro del Concejo Distrital de CExpresoDistritaltotal acuerdo con este comunicado a la opinion popinionto a todos los artistas a seguir con este proceso de formación politica y conciencia ciudadana.

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